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Definición del problema
Los terremotos y las dramáticas inundaciones que han asolado a numerosos países europeos durante los últimos tiempos, han puesto de manifiesto la ausencia o la insuficiencia de la cobertura de riesgos relacionados con catástrofes naturales. Para garantizar a los consumidores una cobertura por daños materiales derivados de fenómenos naturales, a un precio asequible, es necesario introducir una mutualidad de riesgos.
Esta mutualidad o solidaridad entre consumidores puede obtenerse bien sea por medio de fondos públicos que se encarguen de la gestión de los siniestros, bien sea por medio de un seguro privado que vaya creando reservas y que utilice las técnicas de reaseguro con una posible intervención del Estado, en el momento en que los daños alcancen una dimensión considerable.
La mutualidad supone necesariamente que los buenos riesgos paguen por los malos. Sin embargo, hay que preguntarse si ésta tiene límites para aquellos que se exponen deliberadamente a determinados riesgos, tales como construir una casa en zonas en las que se producen inundaciones importantes y frecuentes o reconstruir en zonas ya asoladas por los terremotos.
Por lo que a las inundaciones se refiere, el único límite que no ofrece dudas es el de construir en una zona después de que ésta se haya considerado (por parte de las autoridades competentes) como de riesgo. En otras palabras, en tanto en cuanto no se declare claramente una zona como de riesgo, no existen razones como para privar a los consumidores de un contrato de seguro (por posibles daños debidos a estos fenómenos) a un precio razonable.
Sin embargo, en el caso de otros fenómenos naturales (como los terremotos, los hundimientos, etc,…) el riesgo de que se produzcan es bastante menor, aunque el alcance de los daños producidos puede hacer peligrar el patrimonio inmobiliario de las víctimas.
Independientemente de la solución que se alcance (fondos públicos o seguro privado), es importante que el consumidor tenga la certeza de:
Ello implica que, en caso de elegirse el seguro privado, la garantía por catástrofes naturales debe incluirse de manera automática en la cobertura del seguro de hogar y de incendios, sin que la franquicia prevista pueda exceder de un porcentaje máximo de la cantidad asegurada.
Posición Común (ABC, AC, DECO, OCU)
Es necesario que:
El consumidor se beneficie de una indemnización total y rápida en caso de daños producidos por una catástrofe natural, independientemente de que se elijan fondos públicos o un seguro privado.
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