Área de login

Como socio tiene a su disposición
Abogados expertos en consumo
Para resolver todas sus dudas
Hagáse socio
y disfrutará de 2 meses gratis
2 regalos gratis Mas información

Ventajas para socios

¿Cómo reducir la factura de teléfono e Internet?
¿Cúal es la Compra Maestra en ordenadores, televisores, dvd's...?
La respuesta a un solo click Leer mas

Inquilinos, propietarios,
jóvenes y menos jóvenes
siga los consejos de la OCU
consejos muy útiles sobre
el alquiler, comunidad de propietarios
comprar y vender casa
¡Descúbralas ya!
Las guías prácticas que piensan
en su hogar y en su ahorro Leer mas

Acciones colectivas

Seguimos esperando sentencia (diciembre 2011)

En 2009 presentamos una reclamación ante el Ministerio de Industria solicitando indemnizaciones para los usuarios afectados por la desaparición de la tarifa nocturna. Y como la Administración no asumía el pago de esos perjuicios, la OCU presentó una demanda reclamando la responsabilidad patrimonial de la Administración. Actualmente seguimos esperando sentencia.

Subir

La OCU lleva a la Administración ante los tribunales de justicia (abril 2010)

Tras la decisión del Gobierno de no indemnizar a los antiguos clientes de tarifa nocturna por su desaparición, la OCU ha decidido recurrir la decisión de la Administración por la que se establece que no es responsable de los daños que sufrieron los clientes por la desaparición de la tarifa nocturna.

La Organización presentó en 2009 una reclamación ante el Ministerio de Industria solicitando el pago de indemnizaciones derivadas de las adaptaciones que miles de usuarios tuvieron que hacer en sus hogares para beneficiarse de la tarifa nocturna que posteriormente fue eliminada.

Frente a la decisión del Gobierno de no asumir el pago de estos perjuicios a los usuarios

La OCU reclama una cuantía de 149.203 euros, en representación de 382 consumidores que, basándose en las expectativas generadas por las normas publicadas por la Administración, invirtieron importantes cantidades en las instalaciones eléctricas de sus hogares.

Subir

Acumuladores eléctricos

La instalación de acumuladores eléctricos como sistema de calefacción supuso en su momento un importante desembolso para las familias, sólo justificado por el ahorro que se producía en los consumos realizados en horario valle y por la posibilidad de disponer en horario valle de la potencia que los acumuladores precisaban sin penalización ya que el contrato se realizaba a partir de la potencia requerida en horario punta.

La entrada en vigor de las nuevas tarifas eléctricas ha afectado de forma muy negativa a los usuarios que en su momento contrataron la tarifa nocturna e instalaron acumuladores eléctricos como sistema de calefacción.

Desde la OCU consideramos que los usuarios que instalaron en su día acumuladores eléctricos han resultado injustamente perjudicados por el cambio tarifario, y no tienen porqué asumir el coste de la modificación de una instalación que ya en su momento les supuso un importante desembolso. Por eso en diciembre de 2008 iniciamos una acción para Reclamar al Estado por cambio legislativo en la Tarifa Eléctrica Nocturna.

La instalación de acumuladores eléctricos como sistema de calefacción supuso en su momento un importante desembolso para las familias, sólo justificado por el ahorro que se producía en los consumos realizados en horario valle y por la posibilidad de disponer en horario valle de la potencia que los acumuladores precisaban sin penalización ya que el contrato se realizaba a partir de la potencia requerida en horario punta.

La entrada en vigor de las nuevas tarifas eléctricas y en especial la obligación de que los clientes de tarifa nocturna contraten la potencia de la que disponen en horario valle y no sólo en horario punta como ocurría hasta ahora, afecta de forma muy negativa a los usuarios que en su momento contrataron la tarifa nocturna e instalaron acumuladores eléctricos como sistema de calefacción

Quienes deseen seguir utilizando eficazmente su instalación de acumuladores deben tratar de reducir la máximo la potencia necesaria en horario valle y para ello deberán aprovechar la única ventaja de la nueva tarifa con discriminación horaria que es el contar con 14 horas valle frente a la 8 de la antigua tarifa nocturna. La mejor opción pasa por modificar la instalación y realizar un doble circuito eléctrico, de tal forma que un grupo de acumuladores estén en funcionamiento durante las 7 primeras horas del periodo valle y el segundo grupo durante las 7 horas restantes: conseguirá reducir la potencia contratada y las tarifas a aplicar (tanto el término fijo como el variable) serán más reducidas. Otras opciones pasan por modificar los acumuladores, pero la antigüedad de los equipos (con la lógica dificultad para encontrar recambios), o en los equipos recientemente adquiridos, la posibilidad de que quede invalidada su garantía, hace que estas soluciones deban tomarse con precaución.

Realizar cualquiera de estas modificaciones requiere el trabajo de un profesional que evalúe la situación en cada vivienda, y eso cuesta dinero: realizar las adaptaciones necesarias puede salirle, en el mejor de los casos, por unos 250 o 300 euros pero en algunas viviendas puede duplicar este importe.

Desde la OCU consideramos que los usuarios que instalaron en su día acumuladores eléctricos han resultado injustamente perjudicados por el cambio tarifario, y no tienen porqué asumir el coste de la modificación de una instalación que ya en su momento les supuso un importante desembolso. Por eso hemos decidido emprender una acción para reclamar que se les abone el coste de la adaptación.

Si usted es socio de la OCU y ha modificado ya su instalación de acumuladores eléctricos (doble circuito, cambio de resistencias…,) o tiene pensado hacerlo en breve nosotros reclamaremos en su nombre.

Si quiere unirse a nuestra reclamación debe rellenar con sus datos esta hoja de encargo y enviárnosla por correo postal, junto con la copia o un duplicado de la factura del profesional que haya realizado el trabajo, a OCU. C/ Albarracín, 21. 28037 Madrid. Indique en el sobre Ref: tarifa nocturna.

Desde el momento de presentar la reclamación, la administración disponía de 6 meses para contestar. Cumplido ese plazo no hemos recibido contestación, con lo que la reclamación planteada por la OCU se entiende desestimada por silencio adeministrativo negativo.

¿Qué hacer?

El siguiente paso para seguir defendiendo los derechos de los consumidores afectados por haberse visto obligados a adaptar su instalación de acumuladores eléctricos es presentar una demanda contenciosa ante la Audiencia Nacional.

Desde la OCU, siguiendo el procedimiento establecido, hemos anunciado la intención de demandar y se solicita que se ponga de manifiesto el expediente administrativo. A través de la Audiencia la Administración nos facilitará el expediente, y una vez consultado podremos formalizar la demanda. En este momento, aun estamos esperando recibir el expediente para presentar la demanda contenciosa a la Audiencia.

acciones colectivas
subir