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En un 70% de los casos el acosador es el jefe, normalmente un varón. Aunque, curiosamente, cuando es una mujer, la víctima del mobbing también lo es. Claro que el acoso laboral también se produce entre compañeros de trabajo y, de manera excepcional, de subordinado a jefe.
El mobbing lo sufren por igual hombres y mujeres. Y se produce en todo tipo de empresas, si bien parece que es más frecuente en sectores como la administración pública, los organismos sociales y los medios de comunicación. Se calcula que afecta diariamente a entre un 5% y un 15% de los trabajadores. Un porcentaje que aumenta hasta el 23% si se les pregunta por toda su historia laboral.
El mobbing o acoso laboral es un conjunto de conductas de hostigamiento psicológico que persiguen desacreditar la capacidad y la reputación profesional y personal de la víctima. Eso sí, deben confluir cuatro condiciones:
Algunos ejemplos de mobbing: descalificar el trabajo de la víctima, ridiculizarla públicamente, ignorarla, asignarle labores de escaso valor propias de categorías inferiores, atribuirle problemas mentales, etc.
Hay otras conudctas y actitudes que son criticables e incluso denunciables... Pero no son mobbing. Ejemplos:
Muchas víctimas de acoso laboral terminan sufriendo estrés postraumático, depresión y ansiedad. Unos síntomas que pueden llegar a causar la baja y, en último término, la renuncia al empleo (precisamente, el objetivo del acosador). Por eso, frente al mobbing, lo mejor es actuar cuanto antes.
Si la mediación interna no funciona, no tendrás más remedio que denunciar la situación. Ahora bien, tenen cuenta que la vía judicial es larga y costosa.
La vía civil es la vía tradicional. Existen dos tipos de demandas: la resolución del contrato; y la demanda sobre la tutela de los derechos fundamentales, que pretende continuar la relación laboral, pero que permite suspenderla, sin dejar de percibir el salario. Deben iniciarse antes de un año desde la última conducta de hostigamiento. Y permiten acumular una indemnización por daños y perjuicios.
Otra vía cada vez más común es la penal. Persigue una solución que no se limite al ámbito de los derechos laborales y cuando la intervención del fiscal pueda ayudar en la investigación. Suele reservarse a los casos más graves.
La vía administrativa no le reportará al acosado ningún beneficio económico, pero es otra forma de corregir el problema y sancionar a la empresa.